Cuando una pareja contrae matrimonio, es fundamental definir el régimen económico que regirá su unión. En España, el Código Civil contempla tres regímenes principales:
- Gananciales
- Separación de bienes
- Participación en ganancias.
Cada uno de ellos tiene implicaciones legales y patrimoniales que pueden influir en la estabilidad financiera de los cónyuges y en el proceso de divorcio. A continuación, explicamos sus diferencias y cómo es posible cambiar de régimen una vez celebrado el matrimonio.
Regímenes económicos del matrimonio en España
¿Qué es el régimen de gananciales?
Este es el régimen económico más común a la hora del matrimonio en la mayoría de las comunidades autónomas de España, es decir, por defecto al contraer matrimonio se hace bajo la sociedad de gananciales.
Bajo este régimen, los bienes adquiridos durante el matrimonio se consideran comunes, a menos que sean heredados o donados a uno de los cónyuges. Esto incluye salarios, beneficios empresariales y bienes inmuebles comprados en el transcurso de la vida matrimonial. En caso de divorcio, los bienes gananciales se reparten equitativamente entre ambos cónyuges.
¿Qué es la separación de bienes?
Cuando se contrae matrimonio en separación de bienes cada cónyuge conserva la titularidad y administración de sus propios bienes, tanto los adquiridos antes como durante el matrimonio. No existe un patrimonio común, salvo en los bienes que ambos decidan adquirir conjuntamente. En caso de divorcio, cada cónyuge mantiene sus bienes y propiedades, lo que puede simplificar la liquidación patrimonial.
¿Qué es la participación en ganancias?
Es el menos común de los tres, en este régimen cada cónyuge puede conservar la independencia económica, como en la separación de bienes, pero con la particularidad de que, en caso de disolución del matrimonio, cada uno tiene derecho a participar en las ganancias obtenidas por el otro durante el matrimonio.
Ejemplo de un matrimonio en gananciales, separación de bienes y participación
Un matrimonio está casado durante 15 años, a uno de los cónyuges le toca la lotería durante el matrimonio y el otro hereda una casa.
GANANCIALES | SEPARACIÓN DE BIENES | PARTICIPACIÓN | |
Sueldos, patrimonio,… | Bienes comunes | Bienes exclusivos salvo lo comprado a medias | Bienes exclusivos salvo lo comprado a medias |
Lotería | Bienes comunes | Bien exclusivo del ganador | Bien exclusivo del ganador |
Casa heredada | Bien privativo | Bien exclusivo del heredero | Bien exclusivo del heredero |
En caso de divorcio | El premio de la lotería se considera bien ganancial y, en caso de divorcio, se repartiría a partes iguales entre ambos. La casa heredada es un bien privativo, por lo que seguiría siendo de su exclusiva propiedad | No habría reparto de bienes, salvo los adquiridos conjuntamente | Se podría reclamar una parte de las ganancias, incluyendo el premio de la lotería, y a su vez se podría reclamar una parte del incremento patrimonial por la casa heredada, pero no el bien inmueble. |
¿Se puede modificar el régimen económico del matrimonio?
Sí, el régimen económico matrimonial no es inamovible. Los cónyuges pueden cambiarlo en cualquier momento mediante escritura pública ante notario, siempre que haya mutuo acuerdo.
Para que el cambio tenga validez frente a terceros, es necesario inscribirlo en el Registro Civil y, en su caso, en el Registro de la Propiedad si afecta a bienes inmuebles.
¿Cómo afecta el régimen económico en caso de divorcio?
Como hemos visto con el ejemplo anterior, el régimen económico matrimonial influye de manera directa en caso de divorcio ya que cambia el reparto de bienes adquiridos durante el matrimonio:
- Gananciales: Se procede a la liquidación del patrimonio común, repartiéndose los bienes a partes iguales salvo prueba en contrario.
- Separación de bienes: Cada cónyuge mantiene la propiedad de lo suyo, evitando la necesidad de dividir bienes comunes.
- Participación en ganancias: Se calcula el derecho de cada cónyuge sobre los beneficios obtenidos por el otro y se procede a su distribución.
Conclusión
La elección del régimen económico matrimonial es una decisión clave que debe tomarse con asesoramiento jurídico adecuado. Asimismo, si las circunstancias del matrimonio cambian, es posible modificarlo para adaptarse mejor a la realidad económica y personal de la pareja.
Un abogado especializado puede guiar en este proceso para garantizar una gestión patrimonial justa y acorde con las necesidades de cada familia.