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En A2 Arnau Abogados te asesoramos, y emprendemos las acciones legales pertinentes en los procesos de separación y divorcio, incluyendo todos los trámites relacionados como la redacción y modificación de convenios reguladores, guarda y custodia de los menores, pensiones de alimentos, liquidación del régimen económico matrimonial o mediación familiar.
Ante el hecho de terminar su relación matrimonial es necesario estipular la situación que regirá la finalización del mismo, especialmente en el caso de divorcios contenciosos y con hijos menores implicados o con bienes comunes que haya que repartir. Uno de los aspectos más relevantes en casos de divorcios con hijos menores es determinar qué tipo de custodia se va a establecer (mono parental, compartida, alterna..etc)
La separación judicial supone que los cónyuges deciden interrumpir temporalmente su matrimonio, mientras que, el divorcio, es una de las formas de disolución del vínculo matrimonial.
La diferencia principal entre la separación y el divorcio, consiste en que la separación no disuelve el vínculo matrimonial (éste solo queda suspendido) y que, por lo tanto, no permite volver a casarse con otra tercera persona.
Por su parte, la nulidad civil (que no debe confundirse con la nulidad eclesiástica, es el proceso por el que se declara que no hubo matrimonio, ya que, en el mismo, se produjeron vicios o defectos graves que impiden que pueda surtir efectos (por ejemplo, haberse contraído por coacción o miedo grave, el matrimonio celebrado sin consentimiento matrimonial o el contraído por menores de edad).
Para poder separarse o divorciarse, deben haber transcurrido al menos tres meses desde la celebración del matrimonio y no es necesario alegar ninguna causa que “justifique” dicha decisión. La voluntad de los cónyuges es suficiente y, desde luego, no es necesario contar con el consentimiento del otro para divorciarse, en España a nadie le obligan a permanecer casado o casada.
El divorcio sólo puede acordarse por sentencia judicial y producirá efectos a partir de su firmeza. Para tramitarlo debe presentarse Demanda firmada por Abogado y Procurador.
La Demanda de divorcio se presenta ante el Juzgado de Primera Instancia del lugar del domicilio conyugal y, en caso de residir los cónyuges en distintos partidos judiciales, será tribunal competente, a elección del demandante o de los cónyuges que soliciten la separación o el divorcio de mutuo acuerdo, el del último domicilio del matrimonio o el de residencia del demandado.
Por último, también tenéis que saber que, junto con la demanda de divorcio o con carácter previo a ésta, pueden solicitarse medidas previas y/o medidas provisionales.
Las medidas previas se solicitan antes de presentar la demanda de divorcio (ante una circunstancia urgente por ejemplo, de violencia de género y, tras su adopción, solo tienen validez si se presenta la demanda de divorcio en un plazo de 30 días) y, las provisionales se solicitan al presentar la demanda de divorcio, con el objeto de que cuestiones como la custodia de los menores, su régimen de visitas respecto del progenitor no custodio, la pensión de alimentos de éstos o el uso de la vivienda familiar, queden fijados hasta que se dicte la Sentencia de Divorcio.
Es el documento en el cual se establecen al menos las siguientes medidas:
Hay que tener en cuenta que los acuerdos de los cónyuges a fin de regular las consecuencias de la nulidad, separación o divorcio no serán aprobados por el juez en el supuesto de que sean dañosos para los hijos o gravemente perjudiciales para uno de los cónyuges.
En A2 Arnau Abogados, como abogados de familia en separaciones y divorcios, recibimos clientes con prácticamente las mismas dudas y preguntas sobre este tipo de procedimientos de familia y, con el objeto de que tengáis los conceptos claros y que solo penséis en solucionar vuestra situación particular.