¿Estás interesado en la ley de la segunda oportunidad en Murcia?
El Real Decreto Ley 1/2015, de 27 de Febrero, permite a las personas naturales no empresarias interesar un expediente de acuerdo extrajudicial de pagos, con la finalidad de solucionar o en todo caso aligerar la situación de insolvencia en la que se puede encontrar un deudor.
Procedimiento Ley de la Segunda Oportunidad
Dicho procedimiento tiene varias fases:
1ª.- Acuerdo extrajudicial de pagos, que se tramita ante Notario, para alcanzar un acuerdo con los deudores o al menos con una parte de ellos. Para ello, se presenta la solicitud con los documentos exigidos en cuanto a desglosar el activo y el pasivo del acreedor.
2ª.- Una vez admitida la solicitud, se nombrará un Mediador Concursal, que remitirá a los acreedores una propuesta de pagos, junto con un plan de viabilidad y una propuesta de cumplimiento; supervisará el cumplimiento del acuerdo e instará el concurso consecutivo en caso de incumplimiento del acuerdo.
3ª.- Si el acuerdo extrajudicial no tiene éxito, se instará el procedimiento judicial de concurso consecutivo. El Juzgado competente en casos de concurso de persona natural será el Juzgado de Instancia de su domicilio.
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