El Juzgado de Primera Instancia Nº 16 de Murcia declara la nulidad de la cláusula suelo y de gastos incluida en el préstamo hipotecario de una empleada de BANCO SABADELL.
Reclamación de contrato distinto al de la demanda
La sentencia declara que no hay prueba de que existiera una negociación individual de las clausulas ni que nuestra cliente pudiera influir en el contenido del préstamo contratado. También declara que Banco Sabadell no facilitó a su empleada información suficiente sobre la existencia de la clausula suelo: no hay folleto, la oferta vinculante no contenía el suelo y no se realizaron comparativas entre préstamos con y sin suelo.
Además, el hecho de fuera empleada del banco no demuestra que tuviera conocimientos de las consecuencias jurídicas y económicas de la clausula suelo, ya que en su trabajo en la entidad no comercializaba préstamos.
Banco Sabadell ha de rehacer el cuadro de liquidación del préstamo sin la aplicación del suelo, y abonar a nuestra cliente las cantidades indebidamente abonadas por dicho concepto, aparte de las facturas abonadas en su momento de gastos hipotecarios, por lo que nuestra cliente recupera unos 12.000 € más intereses.

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